Deducciones por obras de rehabilitación energética

¿Qué viviendas pueden beneficiarse? Pueden acogerse a esta deducción las viviendas de uso predominantemente residencial que sean propiedad del contribuyente.
  • viviendas unifamiliares en chalet independiente
  • viviendas unifamiliares en chalet adosado
  • comunidades de propietarios que acuerdan una obra en todo el edificio.
No es necesario que sea la vivienda habitual.
Requisitos para las obras
  • Deben reducir el consumo de energía primaria no renovable en un 30% mínimo, o
  • Mejorar la calificación energética a una clase A o clase B.
  • Se requiere certificado de eficiencia energética emitido antes y después de las obras.
  • Justificante de pago que no sea mediante pago en efectivo.
Fechas clave
  • Obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025.
  • Certificado de eficiencia energética posterior debe emitirse antes del 1 de enero de 2026.
Límites, aplicación y porcentaje de deducciónLa deducción será del 60% de las cantidades satisfechas sobre una base máxima de 5.000 euros por año. Las cantidades satisfechas no deducidas por exceder dicho límite podrán deducirse en los próximos 4 ejercicios con una base máxima acumulado de 15.000 euros. La deducción máxima será de 9.000€ para un único contribuyente. En caso de Cónyuges con declaraciones separadas, siempre y cuando se demuestre que el pago ha sido satisfecho por ambos, los limites máximos serán aplicados para cada uno de ellos y la deducción máxima podrá alcanzar los 18.000€ en total.
Para más información, consulta la página de la Agencia Tributaria.

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