Deducciones por obras de rehabilitación energética

¿Qué viviendas pueden beneficiarse?Pueden acogerse a esta deducción las viviendas de uso residencial que sean propiedad del contribuyente. Esto incluye también las plazas de garaje y los trasteros adquiridos conjuntamente con dichas viviendas. Sin embargo, quedan excluidas las partes de la vivienda que estén destinadas a actividades económicas.
Requisitos para las obras
  • Deben reducir el consumo de energía primaria no renovable en un 30% mínimo, o
  • Mejorar la calificación energética a una clase A o clase B.
  • Certificado de eficiencia energética emitido antes y después de las obras.
Fechas clave
  • Obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2025.
  • Certificado de eficiencia energética posterior debe emitirse antes del 1 de enero de 2026.
Límites, aplicación y porcentaje de deducciónLa deducción permite un máximo de 5.000 euros por año, con un límite acumulado de 15.000 euros aplicable en los cuatro ejercicios fiscales siguientes en caso de exceder el límite anual. Para beneficiarse, las cantidades satisfechas pueden deducirse en el año en que se emita el certificado de eficiencia energética posterior a las obras, o bien en años posteriores si el certificado corresponde a periodos impositivos anteriores. El porcentaje de deducción asciende al 60% de las cantidades satisfechas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Para más información, consulta la página de la Agencia Tributaria.

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